- El senador sin grupo parlamentario, Emilio Álvarez Icaza, criticó que la ampliación del catálogo de delitos que ameritan la prisión preventiva oficiosa no corresponde a lo establecido en el marco constitucional debido a que trasciende preceptos y viola los derechos humanos, en particular la presunción de inocencia, el debido proceso y el derecho personal a la libertad
Redacción/PDC
CIUDAD DE MÉXICO.- Con 56 votos a favor, 25 en contra y 7 abstenciones el Senado aprobó la ampliación de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, entre ellos la interrupción de la construcción de vías del tren, el uso de armas de juguete para la comisión de algún delito, el narcomenudeo y delitos electorales.
Tras una sesión extraordinaria que se extendió durante más de diez horas, hasta la madrugada del jueves, la Cámara Alta avaló el dictamen de reformas reglamentarias del artículo 19 constitucional sobre prisión preventiva oficiosa, pero fue más allá y amplió también las penas para varios delitos.
Por ejemplo, amplió de tres meses a siete años, como es actualmente, a dos y hasta nueve años de prisión, en caso de interrupción de la construcción de vías de comunicación.
Además, se modificó el Artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales para que amerite prisión preventiva oficiosa los delitos que utilicen “objetos que tengan la apariencia, forma o configuración de un arma de fuego o explosivos funcionales o no, que sirvan para amagar o intimidar a la víctima”.
El senador sin grupo parlamentario, Emilio Álvarez Icaza, criticó que la ampliación del catálogo de delitos que ameritan la prisión preventiva oficiosa no corresponde a lo establecido en el marco constitucional debido a que trasciende preceptos y viola los derechos humanos, en particular la presunción de inocencia, el debido proceso y el derecho personal a la libertad.
“Es contradictorio a lo establecido en los tratados internacionales de los que México forma parte y, sobre todo, no hubo un proceso de discusión abierto de expertos y especialistas, así como víctimas, detenciones y sus derechos como lo requieren los estándares del Protocolo del Parlamento Abierto aprobado por este Senado”, manifestó al anunciar su voto en contra.
Claudia Anaya del PRI señaló que la prisión preventiva oficiosa afecta primero a las mujeres, a los pobres y destruye el futuro de los jóvenes.
“Les doy un dato para reflexionar en la legislatura de la paridad de género: una de cada dos mujeres que están hoy en la cárcel no tiene sentencia, es decir, están sujetas a una medida cautelar de prisión preventiva. Tenemos a las mujeres en la cárcel sin haberles comprobado delito”, denunció la priista.
La senadora dijo que, según la Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad, publicada por el INEGI, el 72 por ciento de la población carcelaria tiene como máximo nivel de estudios la educación básica.
“El 32 por ciento de ellos, son población de entre 19 y 29 años; el 35 por ciento de ellos, entre 30 y 39 años, es decir, población joven. De estos, el 97 por ciento afirma haber tenido un empleo lícito alguna vez en su vida, pero el 80 por ciento refiere trabajos cuya remuneración es menor a tres salarios mínimos, es decir, son gente pobre. La prisión preventiva oficiosa condena a los pobres”, lamentó.
Mientras que otra senadora del PRI, Claudia Ruiz Massieu, cuestionó que con el dictamen se establece prisión preventiva oficiosa lo mismo para un presunto secuestrador, que para las personas que presuntamente se apoderen de un litro de gasolina en un derrame de combustible ante la perforación de un ducto de Pemex.
También puso como ejemplo que se va privar de la libertad de manera oficiosa igual a quien sustrae de un tren descarrilado la carga de perecederos para su propio consumo y a la banda de delincuentes que en la noche, con ponchallantas, con violencia y con armas de fuego, roba la carga total de un tráiler para comercializarla.
“El problema de la impunidad en la comisión de los delitos, no se va a solucionar con la ampliación de los tipos penales que implican la prisión preventiva de oficio para las o los indiciados. Es contrario a la progresiva expansión del reconocimiento de los derechos humanos, aumentar este catálogo de delitos para que se dicte de oficio la prisión preventiva”, condenó en el Senado.
La ONU ha reprobado el uso de la prisión preventiva oficiosa de manera generalizada, ya que es una figura permitida por el derecho internacional siempre y cuando se determine su pertinencia por la autoridad judicial de manera individualizada.
“La prisión preventiva oficiosa, además de ser una herencia negativa del sistema penal inquisitivo, debilita las capacidades de investigación del delito, la adecuada implementación del sistema penal acusatorio y la construcción de un auténtico Estado democrático de derecho”, cuestionó la ONU durante la discusión de la reforma a la constitución en esta materia el año pasado.
Con información de Proceso